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Función pública notarial

Protección de datos para
notarías y registros

Las notarías tratan datos de identidad y patrimoniales de alta sensibilidad bajo la cobertura de la fe pública. La obligación legal de conservar el protocolo indefinidamente coexiste con los derechos que el RGPD reconoce a los interesados.

Art. 17.3.b

RGPD — límite al derecho de supresión

Indefinida

conservación del protocolo notarial

Art. 6.1.e

RGPD — misión de interés público

24 h

propuesta personalizada

Retos del sector

Obligaciones generales para notarías y registros

Datos de identidad y patrimoniales

Escrituras de compraventa, hipotecas, sociedades y testamentos incluyen datos de identidad, NIF, datos de propiedad y datos patrimoniales de alta sensibilidad.

Conservación indefinida del protocolo

La Ley del Notariado obliga a conservar el protocolo notarial indefinidamente. Esta obligación legal limita el derecho de supresión del RGPD y debe explicarse a los interesados.

Acceso restringido a documentos

El acceso al protocolo y a los expedientes de los clientes debe limitarse al personal autorizado. Los sistemas informatizados deben registrar quién accede a cada documento.

Testamentos y datos sucesorios

Los testamentos y actas de declaración de herederos contienen datos especialmente sensibles. Su acceso está regulado por la legislación notarial y por el RGPD.

Datos de menores e incapacitados

Adopciones, tutelas y contratos con representante legal incluyen datos de personas especialmente vulnerables con protección reforzada.

Comunicación de datos a registros

La remisión de escrituras al Registro de la Propiedad, Registro Mercantil o Catastro implica comunicaciones de datos a terceros que deben documentarse.

El servicio

Qué incluye el servicio de protección de datos para tu notaría

Registro de Actividades de Tratamiento

RAT adaptado a la actividad notarial: clientes, empleados, comunicaciones a registros y encargados externos.

Cláusulas informativas

Información de primera y segunda capa para los otorgantes de instrumentos públicos y formularios web.

Política de privacidad y aviso legal

Documentación legal para la web de la notaría.

Contratos con encargados del tratamiento

DPA para software de gestión notarial, plataformas de firma y servicios de archivo digital.

Protocolo de brechas de seguridad

Procedimiento de respuesta ante incidentes con notificación a la AEPD en 72 horas.

Atención a derechos de interesados

Procedimiento para gestionar solicitudes con los matices de la conservación obligatoria del protocolo.

Plataforma de gestión documental

Acceso a plataforma privada con documentos, plantillas y firma electrónica.

Soporte continuo

Consultas ilimitadas. Actualización ante cambios normativos.

DPD externo (si procede)

Con carácter general, las notarías no están en los supuestos taxativos del art. 34 LOPDGDD ni del art. 37 RGPD. Aunque esta es la regla general, la exigencia final dependerá de la escala, volumen y tipología exacta de los tratamientos de cada entidad. Cada caso requiere un análisis individualizado. Contrato independiente.

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre protección de datos en notarías

¿Las notarías están obligadas a cumplir el RGPD?

Sí. Las notarías tratan datos personales de sus clientes (datos de identidad, patrimoniales, sucesorios) y están sujetas al RGPD y a la LOPDGDD. La función pública del notario no exime del cumplimiento normativo en materia de protección de datos.

¿Cómo se compagina la conservación indefinida del protocolo notarial con el RGPD?

La obligación legal de conservar el protocolo notarial de forma indefinida prevalece sobre el derecho de supresión del RGPD (art. 17.3.b). Los datos incluidos en instrumentos públicos deben conservarse mientras subsista la obligación legal, sin que el interesado pueda exigir su eliminación. La notaría debe informar de esta limitación al ejercer el derecho.

¿Puede el personal auxiliar de la notaría acceder a todos los documentos?

No necesariamente. El acceso al protocolo notarial y a los expedientes de los clientes debe limitarse al personal con función directa en el asunto. La notaría debe establecer perfiles de acceso diferenciados y mantener un registro de quién accede a qué documentos, especialmente en sistemas informatizados.

¿Los testamentos y datos sucesorios tienen protección especial?

Los testamentos contienen datos de identidad, datos patrimoniales y, en ocasiones, datos de salud (causas de incapacitación, enfermedades). Estos datos están especialmente protegidos y solo pueden comunicarse a los interesados con derecho reconocido, respetando siempre las disposiciones de la legislación notarial sobre secreto del testamento.

¿Cómo deben tratarse los datos de menores e incapacitados en documentos notariales?

Los datos de menores de edad e incapacitados que aparecen en documentos notariales (adopciones, tutelas, contratos con representante legal) están sujetos a protección reforzada. La notaría debe asegurarse de que el tratamiento se limita a la finalidad del instrumento público y que los datos no son accesibles más allá de lo estrictamente necesario.

¿Pueden los interesados ejercer sus derechos RGPD frente a una notaría?

Sí, con las limitaciones propias de la función notarial. Los derechos de acceso y rectificación pueden ejercerse, pero el derecho de supresión y el de oposición están limitados por la obligación legal de conservar el protocolo. La notaría debe tener un procedimiento documentado para tramitar estas solicitudes y explicar las limitaciones aplicables en cada caso.

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Nota legal: Este contenido es meramente orientativo y divulgativo; no constituye en ningún caso asesoramiento especializado.